Depósito de seguridad en Colorado: 30 días, límite de 2 meses y retención indebida
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Colorado le da al arrendador 30 días después de la terminación del contrato de arrendamiento o de la entrega y aceptación de la vivienda — lo que ocurra último — para devolver el depósito o enviar una declaración escrita detallada de las deducciones. Una reforma de 2025 vigente desde el 1 de enero de 2026 denomina la violación «retención indebida» (wrongful retention) y añade daños triples, condicionados a una reclamación escrita y un plazo de 7 días.
La regla
Dentro de los 30 días después de la terminación del contrato de arrendamiento o de la entrega y aceptación de la vivienda — lo que ocurra último —, el arrendador debe devolver el depósito completo o presentar una declaración escrita que detalle cada deducción, junto con el saldo adeudado. Colo. Rev. Stat. § 38-12-103.
El contrato de arrendamiento puede fijar un plazo mayor, pero nunca puede exceder los 60 días. El depósito puede enviarse por correo a la última dirección conocida o, con el consentimiento del inquilino, por una transferencia electrónica segura.
La cifra de 30 días aplica a partir del 1 de enero de 2026, cuando el HB 25-1249 reescribió la ley; el texto anterior decía «un mes».
Deducciones
Si no se presenta una declaración escrita de las deducciones dentro del plazo, el arrendador pierde el derecho a retener cualquier parte del depósito. Colo. Rev. Stat. § 38-12-103(2).
Las deducciones no pueden cubrir daños o defectos preexistentes, y la ley ahora señala que reemplazar toda la alfombra no es por sí solo un motivo válido para retener. Colo. Rev. Stat. § 38-12-103(11).
En una demanda por el depósito, la carga de la prueba recae sobre el arrendador, que debe demostrar que la retención no fue indebida. Colo. Rev. Stat. § 38-12-103(3)(b).
La sanción — la retención indebida
La ley reescrita denomina la violación retención indebida (wrongful retention). Un arrendador que retenga indebidamente una parte del depósito responde por el triple de la cantidad retenida indebidamente, junto con los honorarios del abogado razonables y los costos judiciales. Colo. Rev. Stat. § 38-12-103(3)(a).
El remedio triple tiene una puerta de entrada: antes de presentar la demanda, el inquilino debe primero enviar una reclamación escrita que manifieste la intención de entablar una acción. Los daños triples solo están disponibles si el arrendador aún no reembolsa dentro de los 7 días posteriores a la recepción de esa reclamación.
El límite máximo y dónde presentar una reclamación
El depósito está limitado a dos meses de renta (Colo. Rev. Stat. § 38-12-102.5, añadido por el SB 23-184, vigente desde el 7 de agosto de 2023). Además se permite un depósito por mascota, con un tope de $300, y debe ser reembolsable (Colo. Rev. Stat. § 38-12-106(1)). A partir del 1 de enero de 2027, los acuerdos de sale-leaseback (ocupación tras el cierre) quedan exentos del límite de dos meses según el SB 26-054.
Las reclamaciones por el depósito van al tribunal de reclamaciones de menor cuantía del County Court (límite de $7,500). La tasa de presentación es de $31 para reclamaciones de $500 o menos y de $55 para reclamaciones entre $500.01 y $7,500; hay exención de tasas disponible.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto tiempo tiene un arrendador en Colorado para devolver el depósito?
- 30 días después de la terminación del contrato de arrendamiento o de la entrega y aceptación de la vivienda, lo que ocurra último. El contrato puede ampliar el plazo, pero nunca más allá de 60 días. Colo. Rev. Stat. § 38-12-103.
- ¿Qué significa «retención indebida» (wrongful retention) en Colorado?
- Es el término que usa la ley reescrita (HB 25-1249) para la retención indebida de dinero del depósito por parte del arrendador. Conlleva el triple de los daños, más los honorarios del abogado razonables y los costos judiciales — pero solo después de que el inquilino envíe una reclamación escrita que manifieste la intención de demandar y el arrendador aún no reembolse dentro de los 7 días posteriores a recibirla. Colo. Rev. Stat. § 38-12-103(3)(a).
- ¿Cuánto puede cobrar un arrendador de Colorado por el depósito?
- Dos meses de renta (Colo. Rev. Stat. § 38-12-102.5). Además se permite un depósito por mascota, con un tope de $300, y debe ser reembolsable (Colo. Rev. Stat. § 38-12-106(1)).
- ¿Qué ocurre si un arrendador de Colorado pierde el plazo?
- Si no se presentó una declaración escrita de las deducciones a tiempo, el arrendador pierde el derecho a retener cualquier parte del depósito (§ 38-12-103(2)). Si la retención fue indebida, hay derecho al triple de los daños, más honorarios y costos, tras la reclamación escrita de 7 días (§ 38-12-103(3)(a)).
- ¿Es esto asesoría legal?
- No. Esta página es información general sobre la ley de Colorado, con fuentes. No está adaptada a tu situación y no somos un bufete de abogados.
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